Por
Karin Bravo.... En Fiestas Patrias los trabajadores esperan recibir su
anhelado aguinaldo. Este beneficio se suele entregar en septiembre y/o
diciembre y adopta diversas formas, pues puede ser una suma de dinero,
una caja de mercadería y, en la actualidad, también se están entregando
gift card de algún supermercado o tienda comercial.
Si
bien en el sector privado no existe la obligatoriedad de dar un
aguinaldo, si un empleador habitualmente otorga este tipo de beneficios y
un año deja de pagarlo, se puede denunciar este hecho a la Inspección
del Trabajo. Será la autoridad laboral la que determine si amerita o no
el pago. Esto se debe a que si la entrega del beneficio permanece en el
tiempo, se asume como cláusula tácita del contrato, y el empleador no
puede dejarla sin efecto.
Con respecto a los montos, en el sector privado dependerá de cada empleador, y en el sector público, se aprobó un aguinaldo de $54.075 para los trabajadores con remuneraciones líquidas en el mes de agosto del año 2012 igual o inferior a $551.250 y, de $37.669, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad y no exceda de $1.821.947. El sector pasivo recibirá $14.700, el que se incrementará en $7.560 por cada carga familiar.
Karin Bravo Fray
Académica Ingeniería Comercial
Universidad San Sebastián

Con respecto a los montos, en el sector privado dependerá de cada empleador, y en el sector público, se aprobó un aguinaldo de $54.075 para los trabajadores con remuneraciones líquidas en el mes de agosto del año 2012 igual o inferior a $551.250 y, de $37.669, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad y no exceda de $1.821.947. El sector pasivo recibirá $14.700, el que se incrementará en $7.560 por cada carga familiar.
Karin Bravo Fray
Académica Ingeniería Comercial
Universidad San Sebastián