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Condenan a concesionaria de estacionamientos de mall de Puerto Montt por robo de vehículo

Todo ocurrió el pasado 1 de agosto del año 2011 cuando una consumidora puertomontina concurrió al Mall Paseo Costanera de esta ciudad en compañía de su familia, con el propósito de realizar algunas compras.

Tras obtener el ticket de ingreso, la afectada estacionó su vehículo en el lugar que el centro comercial dispone para ello.

Luego de realizar las actividades y pagar el monto que indicaba el ticket, la afectada se dirigió hacia donde había dejado su camioneta, encontrándose con la sorpresa que no estaba. Su primera reacción fue preguntarles a los guardias, quienes le señalaron que no habían visto nada, por lo que la afectada llamó inmediatamente a Carabineros.

Posteriormente la consumidora interpuso el reclamo ante el SERNAC, organismo que realizó una mediación en la que la empresa no respondió. Finalmente, la afectada denunció el hecho ante Primer Juzgado de Policía Local de Puerto Montt, instancia donde el SERNAC se hizo parte.

En el juicio, la empresa señaló que ellos no eran responsables por cuanto sólo ejercen la actividad de administrar el estacionamiento, es decir, efectuar el control de los vehículos al ingresar y el cobro al momento que los clientes se retiran.

Agregó que el servicio de seguridad del estacionamiento es efectuado por una empresa externa, la que mantiene guardias permanentemente en el establecimiento. Indicó además que la administración del centro comercial cuenta con personal de seguridad propio que apoya estas labores.

Sin embargo, tras analizar los antecedentes, el tribunal determinó que la empresa Central Parking System Chile Limitada no sólo presta servicios de estacionamiento sino que también debe garantizar la seguridad de los vehículos mientras los consumidores realizan el acto de consumo.

Finalmente el tribunal señaló que la empresa no dio cumplimiento a su deber de resguardar el vehículo al no evitar su robo, infringiendo con ello la Ley del Consumidor.

Por las razones anteriores, el tribunal condenó a Central Parking System Chile Limitada al pago de una indemnización de $2.800.000 por los daños directos y morales sufridos por la consumidora. Además le aplicó una multa de 5 U.T.M. (cerca de $200 mil) por infringir la Ley. Este fallo fue ratificado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

Para el SERNAC, este fallo confirma que si bien de los delitos responden los delincuentes, las empresas deben tomar todas las medidas para que los vehículos no sufran daños.

Es importante recordar que los carteles en los que la empresa dice no hacerse responsable de daños y robos, no tienen valor.

Por otro lado, los consumidores tienen derechos, se trate de un servicio pagado o gratuito. Los estacionamientos gratuitos son parte del servicio que entrega la empresa, por lo que el éxito de este tipo de negocios no sería tal si no contaran con estacionamientos.

Si un consumidor es víctima sufre el robo de su vehículo desde un estacionamiento, lo primero que debe hacer es dejar constancia de lo ocurrido en Carabineros, documento que le servirá para el cobro de eventuales seguros o de prueba si decide iniciar acciones legales.

También puede interponer el reclamo ante el SERNAC, organismo que buscará una solución extrajudicial a través de la mediación y si la empresa no responde, puede hacer la denuncia directamente ante el Juzgado de policía Local correspondiente a la dirección del estacionamiento exigiendo las sanciones e indemnizaciones que correspondan.
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