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Suprema rechaza nulidad del juicio por el caso Bombas

El presidente de la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema, Milton Juica, entregó los fundamentos para rechazar los recursos de nulidad presentados por la Fiscalía Metropolitana Sur y Ministerio del Interior, que pretendían anular el juicio que absolvió a los 6 jóvenes anarquistas acusados de colocar bombas en la capital entre 2006 y 2009.

Tanto la fiscalía como el gobierno argumentaron que los jueces del 3er. Tribunal Oral Penal de la capital vulneraron principios de la Constitución y del Código Procesal Penal en su sentencia absolutoria. Esencialmente, alegaron parcialidad de los magistrados por no respetar la igualdad ante la ley. También denunciaron supuestos vicios en la sentencia absolutoria.

Al comunicar la sentencia definitiva en este caso, adoptada por unanimidad de los cinco integrantes de la sala, Milton Juica señaló que “los antecedentes aportados por el Ministerio Público en la prueba que se rindió al efecto y los argumentos que se han dado no han sido suficientes para convencer al tribunal para acoger la causal de nulidad”.

Agregó que “en cuanto los vicios alegados por la fiscalía que se pudieran haber cometido en la dictación de la sentencia, igualmente el tribunal por unanimidad ha estimado que no se han podido demostrar los recursos ni los antecedentes probatorios que se han aportado para este fin por los motivos absolutos de nulidad. En consecuencia ambas causales han sido desestimadas por sentencia de este tribunal”.

Juica añadió que “en lo que se refiere al recurso del Ministerio del Interior, también esta Corte Suprema, luego de analizar la prueba extensa que se ha rendido para demostrar los motivos de nulidad, tampoco se ha podido convencer este tribunal de la existencia de los motivos de infracciones de garantías y derechos constitucionales (…). Del mismo modo, tampoco ha sido suficiente la prueba ni los antecedentes han demostrado de la existencia de un motivo absoluto de nulidad”.

Agregó que “el estudio que ha hecho este tribunal ha coincidido también por unanimidad en que no ha existido la infracción de ley que se ha denunciado con motivo de la dictación de la sentencia del 3er Tribunal de Juicio Oral de Santiago”.

“En definitiva, luego de la ponderación de todos los antecedentes del juicio, (la sala) ha estimado rechazar los recursos de nulidad deducidos por el Ministerio Público y el Ministerio del Interior contra la sentencia del 13 de junio del año en curso y el juicio oral que la antecedió”.

La Segunda Sala de la Corte Suprema está integrada por Milton Juica (presidente), Hugo Dolmestch, Carlos Kunsemuller, Haroldo Brito y Juan Escobar.
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